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“Sordomudo”, “lenguaje de señas” y “discapacitados”: las palabras de Loretta Ortiz que requieren precisión
Durante la discusión de la Suprema Corte sobre el derecho de las personas con discapacidad a ser consultadas, la ministra Loretta Ortiz Ahlf habló desde su experiencia con discapacidad auditiva y como usuaria de un implante coclear. En su intervención, sin embargo, utilizó expresiones y planteamientos que requieren una explicación desde el enfoque de discapacidad.
Fecha de publicación: 19/Agosto/2026 | Autor: María Nazaret
La discusión ocurrió en el marco de la Acción de Inconstitucionalidad 104/2022, relacionada con disposiciones laborales de la Administración Pública del Estado y de los Gobiernos Municipales de Tamaulipas que fueron impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), entre otras razones, por no haber sido sometidas a una consulta previa con las personas con discapacidad. El proyecto sostiene que la consulta es una obligación cuando las medidas legislativas inciden en los derechos de esta población.
Ortiz defendió que la Suprema Corte no debe decidir si una medida es benéfica o no para las personas con discapacidad, sino verificar si el proceso de consulta se ejecutó como parte del proceso legislativo y si cumplió con los estándares establecidos.
Durante su intervención, la ministra explicó que no es posible que quienes no viven con discapacidad decidan sobre qué medidas benefician a las personas que sí tienen una condición.
“No se pueden poner en nuestros zapatos. (…) No saben lo que nos beneficia o no nos beneficia”, dijo.
Para ejemplificarlo, Ortiz habló de su propia experiencia con la discapacidad auditiva (la cual compartió en exclusiva para Yo También en marzo pasado) y mostró ante el Pleno el implante coclear que utiliza.
Sin embargo, en esa misma intervención utilizó expresiones como “sordomudos”, “lenguaje a señas” y “los que somos discapacitados”. También afirmó:
“Una persona sordomuda no tiene futuro (…) y va a ser una carga fiscal para el país. Ya con un oído, pues medio la libras.”
Las expresiones requieren ser revisadas no sólo por las palabras utilizadas, sino por las ideas que transmiten sobre las personas sordas y las personas con pérdida auditiva.
“Una persona sordomuda no tiene futuro”
La afirmación presenta la discapacidad auditiva como un factor que determinaría de antemano el futuro de una persona y la relaciona con una supuesta carga económica para el Estado.
Pero una discapacidad auditiva no determina por sí misma las posibilidades educativas, profesionales o personales de una persona. Las oportunidades también están atravesadas por las barreras que encuentra en su entorno y por el acceso a educación, comunicación, tecnología, apoyos y condiciones de accesibilidad.
Reducir a una persona con discapacidad a lo que puede representar económicamente para el Estado también parte de una mirada que mide su valor en función de su productividad.
Una persona no tiene que demostrar que estudia, trabaja, emprende o produce para tener derecho a la educación, al trabajo, a la participación social y a una vida independiente.
La propia discusión de la Corte parte de una idea distinta: las personas con discapacidad son sujetos plenamente capaces de tomar decisiones y participar en las medidas que afectan sus derechos. El proyecto señala que la omisión de consulta no es sólo un defecto del procedimiento legislativo, sino que afecta la autonomía y la participación del colectivo.
No es “sordomudo”
Durante su intervención, Ortiz utilizó en distintos momentos las expresiones “sordomudos” y “sordomuda” para referirse a personas con discapacidad auditiva.
La sordera y la imposibilidad de hablar no son condiciones equivalentes. Por ello, “sordomudo” no describe adecuadamente a las personas sordas y puede reproducir una asociación incorrecta entre ambas condiciones.
La forma adecuada dependerá del contexto y de la identidad de cada persona: puede hablarse de persona sorda, persona hipoacúsica o persona con discapacidad auditiva, entre otras formas que respeten cómo cada quien se identifica.
Es Lengua de Señas, no “lenguaje de señas”
Al referirse a las personas sordas que no utilizan implantes cocleares, Ortiz señaló:
“Ellos que sigan con su lenguaje a señas, su lenguaje a señas.”
En México, el término reconocido es Lengua de Señas Mexicana (LSM).
La diferencia entre lengua y lenguaje no es sólo una cuestión de palabras. Una lengua es un sistema de comunicación con estructura y reglas propias; la Lengua de Señas Mexicana forma parte del patrimonio lingüístico de la comunidad que la utiliza.
Por eso, hablar de “lenguaje de señas” no reconoce que la LSM es una lengua con estructura propia y utilizada por una comunidad lingüística.
“Personas con discapacidad”, no “discapacitados”
Ortiz también se refirió a sí misma y a otras personas como:
“Los que somos discapacitados”.
La expresión utilizada en el enfoque de derechos humanos es “personas con discapacidad”.
No se trata de negar la discapacidad ni de sustituirla por un eufemismo. La fórmula es la utilizada en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y responde a un enfoque de derechos humanos.
Hablar de una persona con discapacidad permite reconocer la discapacidad sin convertirla en la única característica que define a una persona.
La discapacidad auditiva no es una experiencia única
La experiencia que relató Ortiz es la suya: una persona con discapacidad auditiva de nacimiento que utiliza un implante coclear y que, según explicó ante el Pleno, encontró en esta tecnología una herramienta para escuchar y participar de manera distinta en su entorno.
Pero esa experiencia no necesariamente representa la de todas las personas sordas o con pérdida auditiva. Existen distintas formas de vivir la discapacidad auditiva, así como diferentes necesidades de comunicación, apoyos y tecnologías.
Precisamente por eso, la consulta a las personas con discapacidad busca que quienes serán directamente afectados por una medida puedan participar en su construcción. No corresponde asumir que una solución será benéfica para todas las personas a partir de la experiencia de algunas.
La propia ministra lo resumió durante su intervención:
“No nos corresponde a nosotros decir si es benéfico, si no es benéfico, sino nada más valorar si se llevó a cabo o no la consulta.”
La discusión de fondo en la Suprema Corte era precisamente el derecho de las personas con discapacidad a participar en las decisiones que afectan sus derechos. Una participación que, para ser efectiva, también requiere reconocer la diversidad de sus experiencias y evitar generalizaciones sobre quienes viven con una discapacidad.





