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Lenia Batres “se compromete a modificar propuesta”, pero insiste en no declarar la invalidez de normas por falta de consulta
Fecha de publicación: 28/Octubre/2025 | Autor: Francisco Javier Munguía
Este domingo la ministra Lenia Batres dedicó su columna semanal en El Universal a la audiencia pública que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) celebró con motivo del derecho a la consulta de personas con discapacidad.
Recordemos que la juzgadora se pronunció por abandonar el criterio que declara en automático la invalidez de proyectos que carecen de este requisito, pues a su juicio, la medida ha frenado normas que resultan progresistas y garantistas para esta población.
En su lugar, propuso que sean las personas con discapacidad y sus colectivos quienes —mediante firmas— soliciten a los sujetos legitimados (únicos con la facultad para impugnar proyectos ante la Corte) dicha medida en caso de percibir transgresiones o detectar vicios legislativos. Lo anterior supone regresiones y vulneraciones al derecho internacional y a la propia Constitución.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad estipula la obligatoriedad de realizar consultas cuando de la elaboración de leyes y políticas públicas dirigidas al sector se trate. Por su parte, la Carta Magna señala que en nuestro país “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los cuales el Estado Mexicano sea parte”.
La propuesta que impulsa la ministra Batres transforma el derecho a la consulta de una herramienta de participación previa, amplia, representativa, accesible y vinculante, en un elemento del proceso jurídico que descansa sobre normas ya elaboradas, discutidas, votadas y publicadas, lo que final se traduce en una pregunta capacitista, paternalista y limitada: ¿Quieres que impugne a tu nombre esta norma ya proyectada?
Lo anterior sin mencionar que adiciona una carga a la sociedad civil, pues ahora ésta deberá dar seguimiento puntual a todos los dictámenes emitidos por los Congresos, en contextos en los que las organizaciones no cuentan con los recursos humanos ni materiales para ello. Además, coloca un candado a los entes legitimados, pues ahora ya no podrán actuar por oficio, sino únicamente cuando las personas con alguna condición lo soliciten, lo que a su vez se traduce en la dilación del acceso a la justicia.
📢 Les comparto una de mis intervenciones durante la Primera Audiencia sobre la invalidez de normas por falta de consulta a personas con discapacidad.
No tengan duda: mi compromiso es con ustedes, con la justicia y, sobre todo, con la defensa de los derechos de los sectores más… pic.twitter.com/PZ4AklAJ0y
— Lenia Batres (@LeniaBatres) October 26, 2025
Batres insiste en criterio regresivo
Luego de 3 días de audiencia —divididas en 15 horas efectivas de ejercicio— Batres aseguró que tomaría en cuenta cada una de las intervenciones de los más de 80 oradores, de los cuales la gran mayoría denunciaron las consecuencias negativas de la adopción de un nuevo criterio.
El pasado miércoles reconoció que su propuesta complejiza el acceso a la justicia y el cumplimento de derechos, por lo que adelantó que junto con las ministras y ministros evaluaría el mejor escenario para garantizar la participación de esta población. Incluso dijo que “matizaría” su propuesta. No obstante, no se desistió de abandonar el anterior criterio. Por el contrario, en su texto dominical reviró dicha flexibilidad y apertura.
Señaló que su proyecto causó “voces de inquietud y difamación en medios de comunicación”.
“Las personas participantes en la audiencia se concentraron sobre todo en quién debe solicitar la invalidez por la falta de consulta. Opinaron reiteradamente en que asumir que sólo las personas con discapacidad puedan hacerlo era trasladarles una carga, ya que implicaría revisar absolutamente toda la legislación aprobada”, redactó.
Aunque reafirmó su compromiso a modificar ese aspecto, reiteró su postura por no invalidar normas por la falta de consulta como respuesta a las demandas ciudadanas.
“Ante la insistencia de que debe invalidar toda norma no consultada, insistí en mi propuesta”, apuntó.
Finalmente, señaló que el derecho a la consulta y su regulación es labor del Poder Legislativo y que “la Corte debería ser su garante en los términos que dé la ley”, concluyó.
Tras esa declaración, ¿en verdad se puede confiar en los compromisos adquiridos por la ministra durante las audiencias? Por otro lado, compartió fragmentos de su columna en su cuenta de X mediante capturas de pantalla que no accesibilizó con textos alternativos para personas con discapacidad visual.
¡Buen día!
En mi colaboración semanal en El Universal, escribí sobre el “Extraordinario diálogo, la primera audiencia pública de la SCJN.
📰”Comentamos en este mismo espacio hace 15 días, sobre la posibilidad de asentar un nuevo criterio para la invalidación de leyes por falta… pic.twitter.com/CI8QmntHzR
— Lenia Batres (@LeniaBatres) October 28, 2025





