“Mi síndrome de Asperger no me impide tomar decisiones”: Ricardo Adair Coronel Robles
Hace seis años México dio un paso adelante en la garantía de los derechos de las pcd, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que un joven con síndrome de Asperger puede asumir el control de su vida.
12 de julio de 2019
Ilse Domínguez
Hace seis años México dio un paso adelante en la garantía de los derechos de las pcd, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que un joven con síndrome de Asperger puede asumir el control de su vida.
¿Qué pasó hasta hoy en el ya emblemático caso Ricardo Adair que ha dado la vuelta al mundo? Él lo cuenta en primera persona
Soy Ricardo Adair Coronel Robles, tengo 30 años y estoy diagnosticado con síndrome de Asperger, una condición que forma parte del espectro autista.
Trabajo en el Museo Soumaya como auxiliar de Biblioteca y vivo en un departamento de la Fundación Inclúyeme con 3 compañeros y un facilitador. Y hace seis años obtuve el primer amparo al juicio de interdicción* en el país.
El 16 de octubre de 2013 gané un amparo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Ese día me dieron la presentencia en lectura fácil para que pudiera comprenderla, un evento que por primera vez ocurría en México.
Regresé con el juez de lo familiar y tuve la oportunidad de platicar directamente con él para que juzgara el nivel de decisiones que podía tomar por mi cuenta y qué tipo de apoyos podría necesitar.
Luego, el propio juez solicitó otra evaluación de los peritos encargados de mi caso, buscando basarse solamente en un modelo médico.
Junto con mi equipo de abogados decidimos que no aceptábamos la evaluación, ya que la discapacidad no es una enfermedad y se debe de evaluar también desde otros aspectos, es decir, desde las habilidades, aptitudes y cualidades de cada persona.
Inicialmente este juez solicitó apoyo de diferentes instancias que han estado involucradas en mi desarrollo, como la Fundación Inclúyeme A.C, CONFE, A.C., la Universidad Anáhuac y el Museo Soumaya.
Estuvimos trabajando varios meses hasta que un día, en la audiencia, tuvimos un problema con uno de los peritos: nos trató de una forma grosera y discriminatoria tanto a mi mamá como a mí. Recuerdo que mencionaba que “en las culturas prehispánicas mataban a personas que nacían con alguna discapacidad”. Este funcionario en vez de apoyarme y explicarme el proceso, me generó miedo y desconfianza.
Debido a este incidente mi equipo de abogados decidió poner una queja ante el Consejo Nacional para Eliminar la D
iscriminación (CONAPRED).
¿El resultado? Le exigieron a este perito que se disculpara conmigo y lo obligaron a tomar un curso de sensibilización mayor, tanto para a él como para su equipo de peritos.
Nosotros, mientras tanto, seguimos esperando una solución para el caso.
El juez, para tener más elementos para mi evaluación final, aceptó la asistencia del Dr. Enrique Garrido Ramírez, un especialista en Psiquiatría y Derechos Humanos gracias un amicus curiae**.
El 24 de noviembre de 2016, más de tres años después, se dictó la sentencia final y oficialmente obtuve el amparo. Llevó mucho tiempo, fue algo difícil porque no se resolvió con facilidad. Pero siempre nos mantuvimos positivos, sin tirar la toalla, respetando cada una de las jerarquías. De no resolverse en la Suprema Corte nos íbamos a ir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Afortunadamente todo se resolvió, aunque nos tardamos.
¿Qué quiere decir haber terminado esta batalla legal?
Que hoy mi condición, mi discapacidad, mi síndrome de Asperger no es un impedimento para tomar decisiones con y sin apoyos, para vivir de manera independiente, para tener una cuenta de banco con mi nombre y para decidir a dónde ir de vacaciones o qué hacer con mi tiempo libre.
Hoy puedo al fin tener los mismos derechos y oportunidades como cualquier persona.
Cada año mi mamá (quien es mi tutora) entrega al juez un informe de las decisiones más relevantes que he tomado. Ella siempre me ha tomado en cuenta y apoyado, como también mi papá y mi hermano.
Después de todo el proceso y a la fecha, he contado mi experiencia en varios foros, instituciones, universidades como la Anáhuac y la UNAM y hasta en la sede de la ONU en Ginebra, Suiza. La finalidad de estas ponencias es siempre la misma: sensibilizar a las autoridades para que nos tomen más cuenta, aplicando ni más ni menos que lo que indica la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Nos falta seguir trabajando en la inclusión y la accesibilidad.
En 2014, la ON
U evaluó mal a México en estos temas y a la fecha no se han obtenido los resultados esperados, ya que se sigue trabajando en temas de discapacidad con base en el modelo médico en lugar de un modelo con apoyos.
*Interdicción: es una figura legal que se podría traducir como incapacidad legal y que cancela a quienes se encuentran en ese caso la posibilidad de tomar decisiones propias, pues éstas deben asumirlas sus tutores. Se trata de un polémico mecanismo y contrario a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, porque, aunque la intención original es proteger a las personas con discapacidad en algunas ocasiones se cometen abusos. Quienes se encuentran bajo interdicción no pueden, por ejemplo, decidir por sí solos con qué persona establecer una relación sentimental, gestionar una cuenta bancaria o vivir solos sin permiso del tutor.
**Amicus curiae: ‘amigo de la Corte o amigo del Tribunal’, es la opinión jurídica y voluntaria que ofrecen terceros ante un Tribunal para colaborar en la resolución de un proceso. Es una herramienta extra para que el juzgador clarifique criterios y estándares en un caso particular.