Dos instrumentos claves se publicaron en el DOF para ayudar al reconocimiento de la discapacidad en México
Una de las ventajas es que con esta publicación la emisión del certificado de discapacidad ya no será a criterio de las diferentes entidades que lo tramitan.
2 de febrero de 2024
Carlos Fonce
Hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación dos instrumentos clave que permitirán dar un salto significativo en cuanto al reconocimiento de la condición de discapacidad de las personas en México, se unificarán los procesos y criterios por el cual se valora y emite un certificado de discapacidad en México.
NOM-039-SSA3-2023 en materia de Certificación de la Discapacidad.
Formato de Certificado Electrónico de Discapacidad (CEDis)
En 200 días naturales a partir de la publicación del día de hoy en México deberá ser disponible el trámite a través de instancias del sector salud.
La importancia de la publicación de la Norma y el modelo de certificado, radica en que se atienden algunas problemáticas estructurales en el país, por ejemplo:
a. Múltiples criterios para acreditar la condición: Desde hace una década en México distintas autoridades emiten instrumentos para acreditar a la discapacidad: certificados, constancias, credenciales, etc., todos distintos, lo que limita la eficacia de políticas enfocadas en las personas con discapacidad, pues acreditar o no la condición depende del lugar donde vivas y la autoridad con quien realices el trámite.
En contraste existirá sólo el Certificado Electrónico de Discapacidad CEDis.
b. Información perdida o dispersa. Cuando se realizan trámites ante alguna autoridad el proceso de registro permite que conjunten datos que al ser analizados y procesados sirven para formular políticas públicas. Para lo anterior es fundamental que el proceso sea sistematizado, actualmente cuando se tramita algún documento para acreditar la discapacidad, algunos se recaban información en un sistema, de otros habrá solo una copia guardada en algún archivo, el resultado: la posibilidad de conjuntar y analizar la información es muy limitada por la falta de sistematización y por la diversidad de criterios entre las constancias, certificados, credenciales etc.
En contraste: Toda la información se conjuntará en Subsistema Información sobre Discapacidad (SIDIS)
c. Reconocimiento de la diversidad entre las personas con discapacidad. Actualmente las constancias, certificados, credenciales etc., son emitidos para acreditar la condición de discapacidad para efectuar algún trámite. En el preámbulo de la Convención se reconoce la necesidad de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso” la pregunta es ¿Dónde y de qué manera es reconocida esa mayor necesidad de apoyo? Con los instrumentos actuales la pregunta no tiene respuesta clara.
En contraste: en el CEDis, producto de proceso de valoración, quedará establecido un porcentaje, el uso de ayudas técnicas o el tipo de apoyo que la persona pueda requerir, ya sea por un animal asistencia y/o de una persona.
d. Actualización en el uso de conceptos e instrumentos. La emisión del CEDis, bajo el marco conceptual de la NOM-039-SSA3-2023, implica el uso de la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), un marco actual y con un enfoque biopsicosocial. Adicionalmente para el registro y clasificación de la condición de salud de las personas se empleará la versión más actualizada de la Clasificación Internacional de Enfermedades la CIE-11, actualmente en el país en el sector salud de manera general se emplea la CIE-10. El CEDis será el primer instrumento en México en emplear la CIE-11.
Habrá oportunidad para seguir describir y profundizar acerca del valor de este que es sin duda un paso adelante para las personas con discapacidad en México. El reto en el futuro cercano será para las autoridades del sector salud para que sean habilitados los Centros de Valoración de la Discapacidad y Expedición del Certificado Electrónico de Discapacidad, descritos en el punto 6 de la Norma.
Acreditar la condición de discapacidad en México es en sí mismo un proceso de armonización conforme la discapacidad comprendida desde el modelo social y de derechos humanos, un paso que no será necesariamente rápido, pero sí absolutamente necesario para formular y aplicar políticas asertivas y basadas en evidencia.
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