Pensión del IMSS: ¿Qué personas reciben un aumento del 15% o más en su depósito este mes?
El IMSS brinda a sus pensionados una ayuda económica destinada a sus familiares por concepto de "carga familiar".
13 de junio de 2024
Redacción Yo También
¿Eres beneficiario de la pensión IMSS? Entonces, prepárate para recibir buenas noticias porque algunos de los pensionados recibirán un aumento en su depósito de este mes. Te contamos todos los detalles.
De acuerdo con Milenio, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) brinda a los jubilados por cesantía en edad avanzada o vejez una ayuda económica destinada a los familiares del derechohabiente por concepto de “asignación familiar” o "carga familiar".
El aumento del pago comienza con un 15 por ciento, pero puede variar por carga familiar y el sueldo del beneficiario. Los jubilados registrados bajo este concepto pueden ver reflejado el apoyo económico adicional en sus depósitos de junio.
¿Cómo puedes incrementar tu pensión del IMSS por “carga familiar”?
De acuerdo con el IMSS, el apoyo económico de asignación familiar es "el derecho a recibir una suma de dinero que varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario con base en la Ley del Seguro social, a los beneficiarios de pensión por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada”.
Las personas que pueden obtener el pago adicional por asignaciones familiares son:
15% por esposa o concubina
10% por cada uno de los hijos menores de dieciséis años
10% por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentran estudiando
10% por cada uno de los hijos del pensionado que no puedan mantenerse por sí mismos
Si el pensionado no tiene ni esposa o concubina, ni hijos, se concederá una asignación del 10% por cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él.
¿Cuáles son los documentos para obtener el aumento de la pensión por asignación o carga familiar?
Para obtener un aumento de la pensión por dicho concepto, los asegurados deben presentar la siguiente documentación:
Identificación oficial con fotografía y firma
Comprobante de domicilio, con antigüedad no mayor a tres meses de expedición
Impresión de CURP
En el caso de esposa o concubinato se requiere de una copia certificada del acta de matrimonio del Registro Civil o la constancia testimonial que confirme el concubinato expedida por la autoridad judicial.
En el caso de los hijos menores de 16 años se necesita una copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, adopción o reconocimiento.
Los hijos mayores de 16 años y hasta 25 años requieren de una copia certificada expedida por el Registro Civil, acta de adopción o reconocimiento, además de una constancia de estudios del año en curso expedida por escuelas reconocidas por la SEP.
En el caso de los hijos mayores de 16 años con discapacidad se requiere de la copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento expedida por el Registro Civil, además del Dictamen de Invalidez del beneficiario, formato ST-6.
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