La nueva protección de los derechos en la Ciudad de México: plenos derechos para la toma de decisiones, pero se necesita apoyo en la implementación
En la entidad este primero de diciembre se elimina la tutela y avanza en el reconocimiento de la capacidad jurídica; se reconoce la legal plena de todas las personas mayores de 18 años y su derecho a solicitar apoyo en la toma de decisiones.
1 de diciembre de 2024
Carlos Ríos-Espinosa*
Ricardo Adair, quien tiene autismo, fue el primer mexicano en desafiar el sistema de tutela para personas con discapacidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación hace más de una década. Su éxito sembró la semilla para lo que ocurrió este primero de diciembre, cuando en la jurisdicción de la Ciudad de México, todas las personas obtuvieron el reconocimiento pleno de su capacidad jurídica y la posibilidad de recibir apoyo para ejercerla.
En 2022, Ricardo escribió: “Todos somos capaces de soñar y decidir lo que queremos en la vida. La capacidad de determinar quiénes somos no debe depender de la inteligencia. Por el simple hecho de ser humanos, deberíamos tener derecho a tomar nuestras propias decisiones, como con quién queremos vivir, la comida que queremos comer, las cosas que queremos comprar y los tratamientos médicos que queremos seguir”. A partir del 1 de diciembre, la Ciudad de México ha adoptado un sistema legal que, si se implementa correctamente, podría avanzar mucho para hacer realidad el sueño de Ricardo.
Las reformas ya aprobadas son el resultado de años de incidencia por parte de organizaciones de la sociedad civil ante el Congreso Federal y el Congreso de la Ciudad de México.
La Ciudad de México ha dado un paso significativo en el apoyo a los derechos de personas tradicionalmente marginadas y desfavorecidas, incluidas las personas con discapacidad y las personas mayores. El nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF), que entró en vigor el primero de diciembre en la Ciudad de México, deroga formalmente el uso de la tutela y otras formas de restricciones a la capacidad jurídica, reconociendo la capacidad jurídica plena de todas las personas adultas y su derecho a solicitar apoyo en la toma de decisiones. Además, a partir de ahora, el CNPCF regula todos los procedimientos civiles y familiares de jurisdicción voluntaria no contenciosa.
A esta excelente noticia, se suma la publicación de las reformas para armonizar el Código Civil del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) con el CNPCF, lo que completa la legislación adoptada a nivel nacional para tener un sistema acorde con el derecho internacional de los derechos humanos sobre los derechos de las personas con discapacidad.
La reforma publicada incluye varios mecanismos para designar "apoyos ordinarios" para el ejercicio de la capacidad jurídica de todas las personas. Dicho apoyo puede incluir la designación de una persona que ofrezca información accesible, actúe como facilitadora de la expresión de voluntad o ayude a explicar las consecuencias de ciertas decisiones, como solicitar un préstamo, alquilar una casa o comprar un inmueble. La reforma permite que las personas designen a alguien sin necesidad de una orden judicial para proporcionar este “apoyo ordinario” mediante un documento privado que especifique los actos para los cuales se solicita el apoyo, la persona que lo proporcionará y la duración del período de apoyo.
Esos apoyos ordinarios vienen a complementar el apoyo extraordinario que está regulado en el CNPCF. Este último tipo de apoyo está reservado para aquellos casos en los que la voluntad y las preferencias de la persona no pueden ser conocidas por ningún medio, lo que justifica la intervención judicial. El ordenamiento nacional es muy estricto en los supuestos de procedencia del procedimiento, los cuales nunca pueden ser interpretados con criterios que supongan cuestionar la capacidad mental de una persona y así limitar su capacidad para decidir. Todas las personas mayores de edad tienen derecho a ejercitar su capacidad jurídica de la manera que deseen, a designar los apoyos ordinarios y las salvaguardias para evitar abusos o influencia indebida. Ninguna persona está obligada a ejercer su capacidad jurídica mediante apoyos.
La reforma que entra en vigor el primero de diciembre también prevé la designación anticipada de apoyos, la cual deberá hacerse ante notario público, para garantizar que la persona que brinda apoyo lleve a cabo las transacciones legales de manera segura y comprensible para todas las partes.
Las regulaciones que ya han entrado en vigor incluyen varias salvaguardias para prevenir abusos o influencias indebidas por parte de quienes brindan el apoyo. Las salvaguardias permitirán invalidar cualquier acción fraudulenta o realizada sin la debida diligencia, como cuando se demuestre que hubo engaño doloso o falta de diligencia en la prestación de los servicios, obligando al proveedor de apoyos a cubrir los daños y perjuicios.
Dadas las nuevas regulaciones, las autoridades judiciales civiles y familiares de la Ciudad de México deben prepararse para aplicar las disposiciones de ambos instrumentos legales para defender la capacidad jurídica plena de todas las personas adultas. Tanto el Congreso de la Ciudad de México como su Tribunal Superior de Justicia deben aumentar la difusión de información sobre las reformas ya en vigor, y tanto las escuelas públicas como privadas de derecho deben actualizar sus planes de estudio para jueces, abogados y otros profesionales del derecho.
Finalmente, los otros 31 estados de México que aún necesitan armonizar sus leyes locales con las nuevas disposiciones de capacidad jurídica deberían hacerlo rápidamente y garantizar que todas las personas adultas, incluidas las personas con discapacidad y las personas mayores, puedan ejercer efectivamente su capacidad jurídica.
*Carlos Ríos-Espinosa es director asociado de derechos de las personas con discapacidad en Human Rights Watch. Te interesa:
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